pp dedazo

En el día de hoy hemos tenido conocimiento de la realización de una auditoria sobre gestión y utilización de RR.HH en RTVE, cuyos datos no pueden disimular cómo ejerce el Partido Popular su dedazo en materia de contratación temporal.

De la información se constata que el 50% de los contratos que se realizan en RTVE son de informadores, a pesar de que la patente carencia de trabajadores de otras categorías nos impide realizar los programas e informativos que sí serían posibles con una distribución racional de los RR.HH. Pero ¿por qué este desequilibrio sin sentido? La respuesta es sencilla, porque el Partido Popular utiliza estos contratos como puerta trasera para montar su redacción paralela, su red corrupta para manipular y pervertir la radiotelevisión pública. 

El consejo de Administración de CRTVE derogó en 2008 la normativa interna sobre contratación, pero la dirección actual se niega sistemáticamente a redactar y aprobar otra, aunque algunos consejeros han indicado esta necesidad con meridiana claridad. Pero ¿por qué este absurdo vacío legal? La respuesta vuelve a ser sencilla, porque contratar a dedo y sin ningún control es un objetivo prioritario para el Partido Popular en la CRTVE.

Con el pretexto de que no existe dicha normativa, la dirección de RR.HH se salta a la torera la prelación establecida en nuestro Convenio Colectivo, y por tanto las peticiones de las direcciones no se registran, con lo que no se pueden valorar... no constan en ningún lado. El Partido Popular nos trae así el más absoluto oscurantismo a la contratación en RTVE, a pesar de que el artículo 24.5 del Convenio Colectivo establece que:

“Las propuestas de contratación de los candidatos incluidos en el Banco de Datos, con arreglo a los requerimientos de la categoría laboral y del puesto de trabajo específico a cubrir (perfil profesional, perfil de competencias, idiomas y situación geográfica) y según el tipo de contrato autorizado, seguirán el orden de prelación establecido en el apartado 4.3 de este artículo.”

Y el referido apartado 4.3 a su vez regula que:

“Para acceder a dicho Banco de Datos de Selección y Contratación será preciso cumplir alguno de los siguientes requisitos:

a) Haber superado la puntuación mínima establecida para acceder a dicho Banco en exámenes de acuerdo con el Sistema de Provisión de Puestos de Trabajo en los que no se haya obtenido plaza como personal fijo.

b) Haber superado una prueba específica de acceso a dicho Banco. En dicha prueba participarán los Representantes Legales de los Trabajadores en forma y número que se determine en cada caso, siguiendo el modelo de composición de los tribunales del sistema de provisión.

c) Haber sido becarios, en calidad de alumnos en prácticas de formación a través de los distintos convenios que tenga firmados la Corporación RTVE con centros de enseñanza que impartan y expidan titulaciones académicas reconocidas oficialmente. El periodo mínimo de realización de prácticas formativas será de dos meses ininterrumpidos, con posibilidad de ser ampliado a un máximo de tres (de común acuerdo entre las partes).”

Por tanto sólo se puede contratar fuera del banco de datos de forma excepcional, y siempre que no existan unos perfiles muy específicos dentro de dicho banco de datos. Así lo establece no solo nuestro Convenio Colectivo sino también las instrucciones de la SEPI. Pero además los contratos no se realizan en función de las demandas señaladas por las distintas áreas, sino que se realizan principalmente en informativos, con personal tan ajeno al banco de datos como afín a los dictados del Partido Popular, con el objeto de reforzar la redacción paralela y la manipulación en nuestra radiotelevisión pública.

En la selección del candidato también se elude especificar el perfil de puesto de trabajo que requiere la dirección, y ello con la única intención de que no podamos comprobar si se respeta la prelación, y por tanto si se cumple II Convenio Colectivo de la CRTVE. El mismo informe añade que en los contratos se añaden clausulas adicionales de dudosa legalidad y sin informes de la asesoría jurídica.

Con respecto a la contratación mercantil, la situación es similar. Cuando se contratan servicios no se adjuntan memorias justificativas como exige la ley, sino que son meras memorias descriptivas. Además no consta en la mayoría de los casos quién es el responsable del contrato, quién firma, por qué y cuál es su responsabilidad, a pesar de que esto es obligatorio

La contratación de trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal tampoco se hace con las autorizaciones que exige la ley. Además, se hace un uso inadecuado de la contratación, porque en más de una ocasión se contrata mal con el fin de que determinada gente quede indefinida en la empresa, amigos y fieles allegados que entran por programas y otros contratos pero terminan en el Telediario formando parte indispensable de la redacción paralela.

En definitiva, una forma de ejercer la dedocracia muy en consonancia con la indecente instrumentalización de RTVE que viene practicando el Partido Popular, saltándose la ley sin contemplaciones y pervirtiendo el carácter público de la que debería de ser la Radio y la Televisión de todas y todos.

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