audiencia ugt

Dada la incapacidad de la Dirección de RR.HH en resolver los temas pendientes, así como la nula negociación con la Representación de los Trabajadores en los dos últimos años, desde UGT en CRTVE hemos considerado que la única salida posible para resolver los muchos problemas pendientes no era otra que acudir a los Tribunales de Justicia mediante la presentación de Conflictos Colectivos.

El pasado 2 de mayo presentamos ante la Comisión Paritaria un nuevo tema como trámite previo a la interposición de Conflicto Colectivo, ante el incumplimiento por parte de la empresa del Art.57.3 del I Convenio Colectivo de RTVE, y por tanto del cálculo correcto del Complemento de Antigüedad y del Complemento de Convenio, establecidos ambos en el II Convenio Colectivo de CRTVE. (Se adjunta nota registrada ante RRHH)

RTVE procedió a novar la categoría laboral de todos los trabajadores de RTVE con fecha 1/09/2006, conforme al acuerdo de fecha 27/06/2006 entre el Comité General Intercentros y la Dirección de RTVE, por lo que de conformidad con lo establecido en el I convenio Colectivo debió procederse a progresar un nivel de complementos a cada trabajador el 1/09/2012.

Dicha progresión del nivel de complementos afecta al menos al complemento de Antigüedad y a la paga de Productividad. RTVE no lo hizo, por lo que ha dejado de abonar de 350 a 700 euros anuales a todos los trabajadores que a fecha 01/09/2006 estaban en el nivel de ascenso.

Asimismo, la Comisión Paritaria se reúne el día 5 para tratar los siguientes temas presentados por UGT:

  • Personal en Excedencia voluntaria, nombrado directivo y pasado a situación de excedencia especial, a su cese reingresa saltándose el procedimiento establecido en Convenio Colectivo. (Se adjunta nota registrada ante RRHH)
  • Interpretación del Art. 66 del II Convenio Colectivo en relación con la aplicación de trienios al personal que ha llegado al tope. (Se adjunta nota registrada ante RRHH)
  • Incluir en la retribución de vacaciones el promedio de la totalidad de emolumentos que corresponden a la jornada ordinaria y que actualmente no se abonan: guardias, jornada de rodaje, horas extras, festivos, bloques de disponibilidad y complemento de programas. (Se adjunta nota registrada ante RRHH)
  • Incumplimiento de Art. 12 del Convenio Colectivo sobre la publicación de vacantes y coberturas (traslados,  cambio de categoría, excedencia, etc…) mediante dos convocatorias anuales. (Se adjunta nota registrada ante RRHH)

A estos conflictos se suman otros dos que nuestros abogados tienen preparados para presentarlos ante el SIMA, Servicio de Mediación y Arbitraje, antes de presentarlos a la Audiencia Nacional

  • La disponibilidad es un complemento de trabajo y se debe abonar con independencia de si se produce modificación de horario y jornada. (Se adjunta nota registrada ante RRHH)
  • Pago en los periodos de baja médica de todos los complementos establecidos en Convenio Colectivo y que RTVE ahora no abona. (Se adjunta nota registrada ante RRHH)

#UGTdefiendetusderechos

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